¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte? Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional. Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte. Si eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional. Beneficios • Acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas. • Al emitir un CFDI de Ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte. • Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías. • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando. ¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte? Los pasos se deben realizar de la siguiente manera: • El propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías. • Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte. • Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios. • La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control. • Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado. Leer más… http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/paginas/autotransporte/index.html

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