¿Qué es? Se trata de un documento de carácter declarativo que registra un contrato de transporte, el cual informa sobre los términos en que se produjeron los acuerdos y atribuye derechos sobre la mercancía transportada. Además de la información sobre bienes o mercancías transportadas, es necesario que se tenga la información de origen del producto, así como puntos intermedios y destino, además de los datos del medio en que se transporta, vía terrestre, aérea, marítima o fluvial, además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos. Con el esquema del CFDI Complemento de la carta porte, el operador del medio en el que se transportan las mercancías va a tener información que pone en riesgo la integridad del embargue, advirtieron transportistas. Según el SAT este documento busca atacar la informalidad que mantiene el transporte terrestre, pues el 60 por ciento no paga impuestos, sin embargo, expertos señalan que esto puede poner en riesgo la seguridad de la carga. ¿Quiénes deben tramitarla? Los transportistas independientes o empresas que ofrezcan estos servicios deberán de realizar el trámite, sin embargo, ante las dudas, los transportistas señalan que la solicitud de la dependencia no establece quien es el responsable de una sanción en caso de errores en el documento o por la omisión de este. La Carta Porte será obligatoria para todas las empresas que transportan mercancías en México, sin embargo, su adopción ha sido lenta debido a la gran cantidad de requisitos que solicita el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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